Despiden a una empleada judicial por tener tres trabajos simultáneos y tomarse 400 días de licencia

Las reiteradas ausencias, presentación de cientos de certificados médicos y pedidos de licencias extraordinarias llamaron la atención y desataron una investigación interna, que le costó el trabajo.

Una empleada judicial de la Cuarta Circunscripción con cabecera en Cipolletti fue despedida por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ), tras descubrirse que mantenía tres empleos en simultáneo, lo que constituye una clara incompatibilidad con la función pública.

Desde 2019, la empleada judicial Paula P. había presentado tantos certificados médicos y pedidos de licencias extraordinarias, que llamaron poderosamente la atención de los responsables de recursos de humanos de la Procuración General del Ministerio Público de Río Negro. El conteo daba más de 400 días de ausencia acumulados en apenas 4 años de trabajo.

Alertado sobre estas inconsistencias, Esteban Aliani, Coordinador de Recursos Humanos de la Procuración General, ordenó, a fines de mayo de 2024, la realización de una investigación preliminar de la trabajadora desde 2015 hasta la fecha.

Licencias prolongadas y mudanza a otra provincia

Se constató que durante 2019 la trabajadora registró más de 100 días de licencia. Luego, en 2022, usufructuó 180 días de licencia extraordinaria sin goce de haberes. Cuando requirió una extensión, le fue denegada. Pero al inicio del año siguiente hizo uso de licencia por enfermedad de tratamiento prolongado, totalizando más de 255 días. Finalmente, hizo uso de más de 150 días de licencia sin goce de haberes, con certificado médico.

Y otro dato relevado en ese informe llamó aún más atención: durante la pandemia, en 2020, la mujer se había mudado a Neuquén. Sin embargo, formalmente, seguía perteneciendo al plantel judicial de Río Negro. Firmaba papeles a distancia y cobraba su salario.

El argumento que desplegó fue más emocional que jurídico: dijo que desconocía que ocupar simultáneamente varios cargos públicos fuera una violación a la ley. Habló de sus problemas de salud, de las dificultades familiares que atravesaba, del estrés económico que implicó trasladarse a Neuquén durante la pandemia. Y aseguró que su única intención había sido sostener su vida y la de su entorno.

La declaración, breve y sin artilugios legales sofisticados, no logró conmover a los evaluadores del sumario. El instructor, en su informe final, lo resumió sin rodeos: “La ignorancia no exime del cumplimiento de la ley. La agente incurrió en un incumplimiento grave que afecta la esencia misma de la función pública”.

El Superior Tribunal de Justicia entendió que no estaba juzgando un mero error burocrático sino una conducta que socavaba los pilares de la función pública: la honestidad, la transparencia y la dedicación.

Los empleados judiciales sólo pueden tener como otra actividad la docencia y con un régimen acotado de horas y sin que se superponga con el horario de trabajo judicial.

Consecuencias legales y posible perjuicio al Estado

La resolución de los magistrados, emitida el 12 de febrero de 2025, fue irreversible. Sancionó a Paula P. con la expulsión definitiva del cargo que ocupaba en la Cuarta Circunscripción Judicial.

Con la cesantía, el expediente llegó a su fin. Pero la historia, no terminó allí y podría derivar en un proceso penal. ¿El motivo? el Tribunal ordenó también remitir las actuaciones a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas para verificar si el comportamiento de la trabajadora había causado un daño patrimonial al Estado.

Ahora, la fiscalía deberá analizar si corresponde iniciar acciones legales para recuperar los fondos públicos eventualmente afectado. ¿Cuántos sueldos pagados durante sus extensas ausencias podrían considerarse un perjuicio económico?. Ese será el interrogante que deberá resolver a la brevedad.

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