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Celiaquía: obligaciones de la obra social

Celiaquía: obligaciones de la obra social

Conocé los derechos que tienen las personas que sufren esta enfermedad y que esta obligada a cumplir tu obra social o prepaga.

Comencemos contando que la celiaquía o enfermedad celíaca es una inflamación del intestino delgado causada por la intolerancia al gluten (conjunto de proteínas presentes en el trigo, avena, cebada y centeno o sus derivados). Tambien conocido como TACC por sus iniciales.

Actualmente, el único tratamiento para esta enfermedad consiste en llevar una dieta 100% libre de gluten. Obviamente, estos alimentos, suelen ser más costosos que los que consume una persona no celíaca.

En Argentina hoy se estima que alrededor de 400 mil personas pueden ser celíacas y cada vez son más quienes llegan al diagnóstico. 

Derechos del paciente celíaco en Argentina

Desde nuestra perspectiva abordamos esta temática contando los derechos que poseen las personas con enfermedad celíaca por ley.

En 2009 el Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionaron la Ley: 26.588, la cual comienza diciendo: "ARTICULO 1º - Declárese de interés nacional la acción médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos y medicamentos libres de gluten."

Desde allí es obligación de la obra social o prepaga informar a sus afiliados celíacos, que tienen derecho al cobro de una suma de dinero determinada para adquirir harinas y premezclas libres de gluten, asi como abonar a los que acrediten su condición de celíacos dicha suma.

¿La obra social me cubre los tratamientos si soy celíaco?

Sí. Las obras sociales y prepagas deben cubrir la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la celiaquía.

¿Es obligatorio ofrecer en los menús opciones libres de gluten (sin TACC)?

Sí. Están obligados (Ley 26.588, Art. 4 bis.) a ofrecer por lo menos una opción de comida sin gluten:

  • Los lugares destinados a personas privadas de libertad.
  • Los establecimientos sanitarios con internación.
  • Los lugares de residencia o convivencia temporal o permanente que ofrezcan alimentos.

 

Si salgo a comer afuera ¿puedo pedir un menú libre de gluten?

Sí, aunque no se cumpla en todos lados, los restaurantes y bares deben tener un menú libre de gluten. Los locales de comida rápida también deber tener un menú libre de gluten.

Si viajo y soy celíaco ¿las empresas de transporte tienen que tener comida libre de gluten?

Sí. Las empresas de transporte aéreo, terrestre y acuático que ofrezcan servicio de alimentos a bordo tiene que tener un menú libre de gluten. Los kioscos y concesionarios de alimentos de las terminales y los paradores de transporte también tienen que tener un menú libre de gluten.

Si voy al colegio y soy celíaco ¿el kiosco de la escuela tiene que tener comida libre de gluten?

Sí. Los comedores y kioscos de instituciones de enseñanza tienen que tener un menú libre de gluten.


Lista de alimentos aptos para Celíacos

Existe un listado de alimentos aptos para personas que padece celiaquía. Para conocerlo, visitá la página del Ministerio de Salud www.msal.gob.ar/celiacos

¿Los medicamentos también pueden contener gluten?

Si, alguos medicamentos pueden tener gluten. Para conocer más detalles ver Ley 26.588, Art. 3.

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