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Condenan a una ART por exponer a una empleada a un prolongado estrés laboral

Condenan a una ART por exponer a una empleada a un prolongado estrés laboral

Aunque la causa estuvo "cajoneada" durante años, finalmente recayó en el Tribunal Nº 3 de San Nicolás, donde se resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda, condenando a la ART a abonar a la accionante una suma cercana a un millón de pesos.

Durante la última semana de diciembre del año pasado, los jueces Walter Quadranti, Carlos Toraf y Nicolás Aparisi del Tribunal de Trabajo Nº 3 de la ciudad de San Nicolás, dictaron sentencia en una causa sobre enfermedad laboral contra la aseguradora de riesgo de trabajo Swiss Medical ART. La causa se inició con la demanda de Claudia Ollamburo, que en el año 2014 denunció “mobbing”, por acoso laboral, por parte de un compañero de trabajo, reclamando además el pago de las prestaciones dinerarias por la enfermedad padecida.

De acuerdo al expediente, los hostigamientos fueron realizados por Osvaldo Chaparro Castro quien, a fines de 2013, comenzó el acoso laboral contra Ollamburo en forma de insultos, persecuciones y retos públicos, no sólo dentro sino también fuera de las instalaciones de la empresa, un supermercado Carrefour. Según se expresa en la denuncia, los médicos psiquiatras, después de diagnosticarle a la víctima un cuadro severo de “mobbing”, por acoso laboral, le prescribieron reposo y medicación. Luego de esto, Ollamburo decide renunciar.

Pese a que la causa permaneció detenida durante años, finalmente recayó en el Tribunal de Trabajo Nº 3 de la ciudad de San Nicolás, donde se resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda de Ollamburo, condenando a la ART SMG S.A., actualmente Swiss Medical ART, a resarcir económicamente a la denunciante. Tras un largo y tortuoso proceso para la víctima, el Tribunal finalmente condenó a la ART a abonar una suma de dinero que, incluyendo los intereses liquidados desde el 2014 a la fecha, asciende a unos $950.000 aproximadamente.

Violencia de género en el mundo laboral

Por definición, el acoso laboral constituye cualquier acción que manifieste abuso de poder ejercida sobre el trabajador, tanto por parte del empleador o personal jerárquico, como por un tercero vinculado a la víctima. Se trata de violencia laboral en la medida en que atenta contra la dignidad o integridad de la persona, a nivel físico, sexual, psicológico o social. Puede ser ejercida, por ejemplo, mediante amenazas, intimidación, persecución, menosprecio, insultos, maltrato, discriminación negativa, acoso, desvalorización de la tarea realizada, imposición, acoso sexual, inequidad salarial, traslados compulsivos, etcétera.

Según estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo, las mujeres están más expuestas a sufrir todo tipo de acoso laboral. Esta situación se explica, en gran medida, por el hecho de que ellas no solo tienen menos posibilidades que los hombres de participar en el mercado laboral, sino que, cuando lo hacen, tienen altas probabilidades de estar ocupadas en empleos precarios o al margen de la protección de la legislación laboral o previsional. Su participación en puestos ejecutivos en las grandes empresas, suele ser una excepción.

Desde la Línea 144, se ofrece acompañamiento, asesoramiento e información durante las 24 hs, los 365 días del año, de forma completamente gratuita para todo el territorio nacional, a través de llamadas anónimas que pueden ser realizadas tanto por parte de las propias víctimas como de familiares cercanos. Las situaciones de violencia de género se abordan de manera interdisciplinaria, proponiendo una lectura integral de los casos y ofreciendo distintas respuestas a las situaciones por las que se consulta.

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