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Infarto en el trabajo: el TSJ de Córdoba lo reconoció como accidente laboral

Infarto en el trabajo: el TSJ de Córdoba lo reconoció como accidente laboral

Este precedente resulta clave para futuros reclamos donde se discute la responsabilidad de las compañías o aseguradoras frente a episodios como infartos sufridos en el trabajo.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba marcó un precedente clave al considerar que un infarto sufrido por un trabajador durante su jornada laboral constituye un accidente de trabajo. El fallo revirtió una decisión anterior que desestimaba el reclamo, y fortalece la protección legal para empleados frente a situaciones de salud ocurridas en contexto laboral.

🔎 El caso: un infarto en plena jornada

El hecho involucró a un empleado de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC), quien sufrió un . Aunque inicialmente un juzgado laboral había admitido su reclamo como accidente laboral, luego fue desestimado basándose en pericias médicas que atribuían el evento a factores de riesgo personales, como hipertensión y colesterol alto.

Ante esta situación, el trabajador apeló ante el TSJ, que finalmente le dio la razón.

⚖️ El TSJ revirtió el fallo y reconoció el accidente

La Sala Laboral del TSJ de Córdoba revocó la sentencia de segunda instancia y argumentó que el hecho de contar con antecedentes clínicos no excluye que el infarto haya sido desencadenado por las condiciones de trabajo.

El Tribunal sostuvo que:

"El episodio cardíaco ocurrió en ocasión del trabajo, y por tanto debe ser considerado como accidente laboral, conforme a la Ley de Riesgos del Trabajo."

Este criterio se enmarca en el principio de presunción de laboralidad, que implica que si un trabajador sufre un daño durante su jornada laboral, se presume que fue consecuencia de su actividad, salvo que se demuestre lo contrario.

📚 Casos similares: otros fallos que marcan tendencia

Este no es un caso aislado. A lo largo del país, se han registrado sentencias similares en las que eventos cardiovasculares han sido reconocidos como accidentes laborales:

  • Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Buenos Aires): en 2023 falló a favor de un trabajador bancario que sufrió un ACV en su lugar de trabajo, reconociendo el estrés laboral como detonante.

  • Tribunal de Trabajo de Santa Fe: en 2021, un fallo declaró accidente laboral un infarto sufrido por un operario durante su jornada, al vincular la exigencia física de su actividad con el desenlace médico.

  • Córdoba Capital (fuero laboral): en otro caso reciente, se indemnizó a un chofer que sufrió un infarto mientras manejaba, reconociendo que el ritmo de trabajo y las condiciones laborales influyeron directamente.

Estos antecedentes muestran una tendencia creciente en la jurisprudencia argentina: considerar que el entorno laboral puede influir decisivamente en problemas cardíacos o vasculares.

📌 Claves legales a tener en cuenta

  • La ART no siempre tiene la última palabra. Si tu reclamo es rechazado, se puede acudir a la Justicia para una revisión independiente.

  • Las enfermedades preexistentes no excluyen el derecho a reclamar. Si el evento ocurrió en contexto laboral, puede haber responsabilidad.

  • Documentar el momento del episodio es clave. Testigos, informes médicos y datos de la jornada ayudan a respaldar el reclamo.

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Si atravesaste una situación similar y tu reclamo fue rechazado por la ART, consultá con un abogado laboral especializado. Hay jurisprudencia favorable y herramientas legales para que puedas defender tus derechos y acceder a una indemnización justa.

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