1. Es recomendable, que contacte un abogado especialista en derecho laboral.
Una vez expuestos al abogado laboral, sus pretensiones y conflictos, será él quien le indique la estrategia laboral a seguir.
Recuerde, llevar a su abogado laboral, la totalidad de la documentación que posea sobre el tema laboral que consulta, de manera que pueda saber con exactitud las posibilidades de reclamar y como hacerlo. Ej. accidentes de trabajo o enfermedad laboral, lleve certificados médicos, denuncias de accidentes, alta médica laboral, recibos de sueldo, etc.
2. Una vez determinada la estrategia a seguir, deberá enviar telegramas laborales por correo Argentino, a su empleador, para comenzar a reclamar y hacer saber sus pretensiones.
Este paso es lo que determinará el éxito de sus pretensiones en un juicio laboral posterior. Por ello es indispensable que sea asesorado por un abogado laboral. Este paso se llama "intercambio telegráfico".
Tanto Ud. como su empleador, mediante las cartas documentos, marcaran las estrategias de cada uno en el futuro juicio laboral.
El envio de estos telegramas son gratuitos para el trabajador, y serán redactados por su abogado laboral.
Una vez finalizado este paso, se comenzará con la etapa prejudicial.
3. Deberá concurrir a una conciliación laboral obligatoria en el SECLO (si trabaja en Capital federal) o Ministerio de trabajo (si trabaja en provincia) donde se intentará llegar a un acuerdo extrajudicial con su empleador.
4. Si la conciliación fracasa, es decir, si no se llega a un acuerdo con su empleador, se comenzará el otro paso, que será el de iniciar el juicio laboral.
¿Cuanto tiempo tengo para reclamar o iniciar un juicio laboral?
Recuerde consultar a su abogado laboral, tan pronto como sea posible, ya que las acciones judiciales solo pueden iniciarse antes de los dos años de ocurrido el despido laboral o el accidente de trabajo.
Si transcurren más de dos años, el trabajador, queda imposibilitado, de poder reclamar judicialmente. De todos modos, Consulte. Hay algunas excepciones a esta regla general.
¿Que debo pagar para iniciar el juicio laboral?
La ley laboral, otorga a los trabajadores, el beneficio de gratuidad. Lo que significa, que como trabajador no debe abonar ningún gasto, tasa, sellado, etc. para iniciar un reclamo o juicio laboral. Toda la tramitación del proceso judicial laboral, será gratuita.
Esta gratuidad no exime el pago de honorarios a su abogado laboral. con quien deberá de antemano, convenir los honorarios, y forma de pago.
Nosotros, convenimos nuestros honorarios, a resultado, es decir, que cobraremos un porcentaje del dinero que ud. obtenga, por nuestra intervención en la resolución de su caso.