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La Justicia frenó los aumentos de OSDE con alcance colectivo

La Justicia frenó los aumentos de OSDE con alcance colectivo

Una jueza federal de Entre Ríos ordenó a la prepaga “dejar sin efecto” los incrementos en las cuotas. Al ser un fallo federal tiene efecto interjurisdiccional, es decir, en todo el país.

La Justicia Federal de Entre Ríos hizo lugar a una medida cautelar de un jubilado que reclamó por los aumentos de la cuota de la prepaga Osde, con la particularidad de que, por primera vez, la presentación tuvo la forma de un amparo colectivo, lo que amplifica el impacto de la decisión de la magistrada.

La magistrada María Isabel Cacciopoli, a cargo del Juzgado Federal número 2 de Concepción del Uruguay, dictó la medida cautelar rechazando los aumentos de la cuota de OSDE que recibió una persona jubilada de 69 años de edad que se encuentra afiliada hace 30 años a la prepaga. El incremento del 89 por ciento acumulado sobre el valor de la cuota de diciembre de 2023 tornaba imposible para la persona afiliada poder mantener la cobertura médica, afectando por lo tanto su derecho a la salud. Por lo cual, la jueza ordenó a la prestadora dejar sin efecto los aumentos.

Pero, además, dispuso "extender los efectos" de su resolución, "con carácter colectivo, a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias, con aumentos de cuotas similares por parte de la demandada", OSDE. Previo al dictado de la cautelar, la jueza había admitido que la tramitación del expediente fuera en carácter de amparo colectivo y ordenó, en consecuencia, su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos y la comunicación posterior de su resolución a dicho registro.

Hasta el presente, se habían dado a conocer diversos fallos, en calidad de amparos, rechazando aumentos de la cuota de empresas de medicina prepaga pero con efecto individual sobre la persona demandante. En su mayoría, se trataba de jubilados o, en algún caso, de una familia con una criatura con discapacidad que debía recibir un tratamiento permanente. En todos ellos, se consideró que el derecho a la salud quedaba amenazado y los fallos ordenaron dar marcha atrás con los aumentos, pero siempre en favor únicamente del demandante. 

Hoy, en las oficinas de asociaciones y entidades defensoras de usuarios y consumidores, se acumulan de a decenas por día la cantidad de pedidos de presentación de demandas. En las mesas de atención al público de varias empresas prestadoras, a su vez, también se da el caso de masivos pedidos de baja de la afiliación por la imposibilidad de seguir pagando la cuota. En una de las firmas más importantes del sector, admiten que "recibimos hasta 50 pedidos de baja por día, y hasta ahora el único esfuerzo que realizó la empresa es reforzar la guardia de seguridad porque están previendo hechos de violencia por parte de la gente que está perdiendo la cobertura de salud para su familia"

A QUIÉNES BENEFICIA LA CAUTELAR CONTRA OSDE

Desde la Unidad de Litigios Complejos del Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires, Antonella Biglieri, explicó que, en este tipo de procesos, “la persona -en este caso un jubilado- se presenta como particular, pero en la demanda, por decisión suya y de su abogado, se explicita que va a representar a una ‘clase’, un colectivo. En este caso, el colectivo vendrían a ser todos los consumidores hipervulnerables en la misma situación con esta prepaga. Es decir, otros jubilados en una situación comparable con esta entidad en particular”.

Desde el mes que viene, la prepaga deberá cobrarle a todos los afiliados “comparables” al que inició esta acción la cuota de diciembre de 2023. En el escrito, la magistrada explicita que, “limitándose (Osde) a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del artículo 17 (no sustituido) de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.

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