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Rechazan demanda por fallas en un tratamiento capilar

Rechazan demanda por fallas en un tratamiento capilar

Para la justicia no hay prueba alguna que la demandada haya incumplido su deber, mas allá del resultado.

La Sala B de la Cámara Nacional en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda de un paciente contra un centro de tratamiento capilar, en la que se reclamaban daños y perjuicios derivados de una cirugía.

Según la causa, el demandante se realizó un trasplante de unidades foliculares, pero el cabello implantado nunca creció o creció en un porcentaje no superior a cinco por ciento y, peor aún, desató una caída de pelo nativo de gran magnitud existente en la zona receptora.

Para los camaristas Roberto Parrilli, Lorena Maggio y Claudio Ramos Feijóo, “no hay prueba alguna que (la demandada) haya incumplido su deber de seguridad ni se le atribuyó al demandar – como se aclara al expresar agravios – el incumplimiento de obligaciones de resultado o paramédicas”.

Los jueces ponderaron que estaban frente a un caso de cirugías «puramente cosméticas», donde «jurisprudencia y doctrina sostienen que debe apreciarse con mayor severidad la conducta del profesional debido a la naturaleza y finalidad que da origen estas intervenciones. Ello porque no están motivadas por una patología y, además, se aprecia la ausencia -en general- de grandes riesgos».

En ese marco, la sentencia consignó que «los deberes de un médico para con el paciente, cuyo incumplimiento genera mala praxis, son de dos órdenes. Uno, es el relativo a actuar diligentemente, vinculado a las labores que él mismo lleva a cabo sobre el cuerpo del paciente; que, en este caso concreto, sería una intervención quirúrgica llevada a cabo conforme a las reglas del arte”.


Fuente: Comercio y Justicia

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