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El Gobierno obliga a las prepagas a recalcular los precios, solo podrán subir por inflación

El Gobierno obliga a las prepagas a recalcular los precios, solo podrán subir por inflación

La Secretaría de Comercio dictó una resolución que ordena que los incrementos deben retrotraerse y calcularse desde diciembre de 2023 aplicando el Índice de Precios al Consumidor.

El Gobierno dispuso dar marcha atrás parcial con los aumentos en la medicina prepaga y obligar a las empresas a recalcular los valores desde diciembre pasado. Esto aplicará para un grupo de compañías que representan al 75% de los afiliados, según sostuvo el vocero presidencial, Manuel Adorni.

La medida retrotrae los aumentos operados a diciembre del año pasado y faculta a las prepagas a aplicar, como máximo, el índice de precios al consumidor para el cálculo de cualquier aumento.”, informó la Secretaría de Industria y Comercio.

Según la información oficial, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó, de forma preliminar, que "existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga".

 

Cuáles son las prepagas intimadas por el Gobierno y cuánto deberían bajar sus precios

Las compañías investigadas por la Comisión Nacional de Defensa a la Competencia, que depende de la Secretaría de Comercio e Industria, y alcanzadas por la medida son:

  • Galeno Argentina S.A.
  • Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil
  • Hospital Alemán Asociación Civil
  • Medifé Asociación Civil
  • Swiss Medical S.A.
  • Omint S.A. de Servicios
  • OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios
  • La Unión Argentina de Salud (UAS), la confederación que las agrupa
  • y el Sr. Claudio Fernando Belocopitt, en su carácter de actual presidente de la firma Swiss Medical S.A. y entonces presidente de la UAS.

El dictamen sostiene que "siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona que preside la misma", deben cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Por el plazo de seis meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial de diciembre de 2023 multiplicada por 1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente.
  • Cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.
  • La medida preventiva ordena además a las compañías de medicina prepaga a presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes.

La medida tomó por sorpresa a las empresas, quienes aseguraron que no participaron de ninguna negociación con el Gobierno y analizan cuál es el camino que podrán tomar. Al respecto, desde el Ejecutivo advirtieron que si bien las compañías pueden apelar, la resolución ya está en vigencia y su aplicación no cesa ante una presentación de ese tipo.

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