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Diferencias entre Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional

Diferencias entre Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional

Estos conceptos tienen en común que ambos hablan de un daño o lesión al trabajador, pero sus diferencias están bien delimitadas.

De acuerdo a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) un Accidente de Trabajo se denomina a “todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión de trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto”.

Es decir que el accidente de trabajo es un acontecimiento inesperado, no planeado, que produce un daño o lesión de manera brusca o rápida como producto del trabajo en sí o en ocasión del trabajo.

Cuando se habla de una lesión como “producto del trabajo en sí” se  refiere a que el accidente surge de la actividad propia y productiva de dicho trabajo, por ejemplo, un plomero que se fracture un dedo con un martillo.

Cuando se dice “en ocasión de trabajo” hace referencia a que el daño fue producido por una acción que realizamos dentro del trabajo, no productivo, como por ejemplo un vendedor que al subir escaleras para llegar a su oficina, se tropiece con un escalón y esto le produzca una esguince de pie.

Los accidentes de trabajo también pueden darse en el trayecto del domicilio del afectado al trabajo o viceversa (in itinere), como por ejemplo, un accidente vial. Vale aclarar, como lo sugiere la Superintendencia, que el accidente es considerado como tal, siempre y cuando el trabajador no haya modificado dicho trayecto.

Enfermedad profesional:

Esta se refiere a una enfermedad causada por el lugar de trabajo o tipo de trabajo. Un ejemplo es el caso de hipoacusia, por estar expuesto al ruido durante mucho tiempo, generalmente esta afección es propia de trabajadores tales como maestros y profesores con muchas horas frente al aula, telefonistas, etc.

Otro caso de ejemplo es la fibrosis pulmonar, enfermedad presente en personas que llevan a cabo su actividad en mineras subterráneas de carbón.

La Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) cuenta con un listado de enfermedades laborales clasificadas de acuerdo al tipo de trabajo incurrido. Si se diera otro tipo de enfermedad que no esté reconocida en ese listado, deberá presentarse junto a los factores que le han dado origen, vinculados estrechamente a la labor.


Si sufriste alguna lesión en tu entorno laboral o tenés una enfermedad que consideras puede estar vinculada al trabajo, comunícate con nosotros. Tenemos un equipo de profesionales dispuesto a ayudarte!

Foto del autor

Ab. Alejandro Mogliani Segota

Abogado egresado de la Universidad Nacional de Córdoba. Socio Fundador de Estudio Jurídico Mogliani & Asociados. M.P 1-37652.

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